Recategorización monotributo: AFIP extiende la recategorización hasta el 2 de agosto 2024.
Monotributo – AFIP extiende la recategorización: Por medio de el Boletín Oficial, la AFIP oficializó la nueva fecha límite para completar este trámite sea hasta el 2 de agosto.
Por medio de la Resolución General 5523, la AFIP dispuso que la nueva fecha límite para completar este trámite sea hasta el 2 de agosto. De esta manera, se otorga más tiempo a los contribuyentes.
La norma recuerda que esta medida se toma debido a la modificación de los valores de los parámetros de ingresos brutos, superficie afectada a la actividad, energía eléctrica consumida y alquileres devengados.
Asimismo que las obligaciones de pago resultantes de la recategorización tendrán efecto a partir del 1 de agosto de 2024 y hasta el 31 de enero de 2025.
La recategorización se realizará con los nuevos montos de facturación establecidos por la ley 27.743.
¿Quiénes deben realizar la recategorización?
La recategorización es un procedimiento obligatorio que deben realizar los monotributistas cada seis meses para determinar si de acuerdo a los ingresos de los últimos 12 meses les corresponde cambiar de categoría.
En caso de mantener la misma categoría no es necesario realizar ningún trámite.
Las obligaciones de pago resultantes de la recategorización tienen efecto para el período comprendido entre el 1 de agosto de 2024 y el 31 de enero de 2025.
La disponibilidad del sistema para comenzar la recategorización será informada a través de la página web de la AFIP.
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