Conocé los detalles de la Resolución 1608/2025: más tiempo para mantener la obra social.
La Superintendencia de Servicios de Salud ha extendido el plazo, hasta el 31 de diciembre de 2025, para que los beneficiarios expresen su Voluntad de Permanencia en Obra Social actual a través del Trámite a Distancia (TAD), evitando así la derivación automática hacia otra entidad.
Esta medida permite a los beneficiarios no estar obligados a permanecer 12 meses en la obra social receptora de los aportes por derivación automática.
La Resolución 1608/2025 establece que los trabajadores en relación de dependencia, del Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados del Servicio Doméstico, y los beneficiarios adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, puedan transferir directamente sus aportes a la entidad de salud contratada.
Asimismo, se habilita el Trámite a Distancia «Voluntad de Permanencia en Obra Social» para garantizar la libre elección y acceso equitativo a la información.
Qué implica la prórroga
- La extensión del plazo permite a los trabajadores en relación de dependencia, empleados del servicio doméstico y beneficiarios del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, decidir si desean continuar en su obra social original.
- Aquellos que no realicen el trámite verán derivados sus aportes y contribuciones automáticamente a la prepaga en la que estén inscriptos.
- Se elimina el requisito de permanencia mínima de 12 meses para quienes ya fueron transferidos automáticamente, permitiendo cambiar nuevamente de entidad sin restricciones temporales.
Cómo realizar el trámite
- Ingresar a la plataforma Trámites a Distancia (TAD) del Estado Nacional.
- Iniciar sesión con CUIT y clave fiscal.
- Buscar el trámite “Voluntad de Permanencia en Obra Social”.
- Completar el formulario y enviarlo antes del 31 de diciembre de 2025.
Resolución 1608/2025
Conclusiones y acciones
La ampliación del plazo hasta fin de año permite a los beneficiarios tomar decisiones informadas y acordes a sus intereses prestacionales.
Asimismo, se refuerza la tutela de los derechos de los afiliados, evitando transferencias automáticas de recursos.
El ejercicio pleno y libre del derecho de elección es esencial para garantizar la confiabilidad del sistema y el respeto por la voluntad de cada persona.
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