- El Gobierno prorrogó hasta el 30 de noviembre de 2020 la prohibición de efectuar despidos sin justa causa y las suspensiones.
- Las empresas tampoco pueden despedir por causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor.
- Quedan exceptuados de la medida las suspensiones acordadas entre empresas y gremios y los retiros voluntarios.
A continuación, texto completo de la norma:
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/235299/20200924
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