El Ministerio de Turismo y Deportes de la Nación anunció mediante Resolución 498/20 lo siguiente:
En primer lugar, las agencias de Turismo Estudiantil ofrecerán a los turistas la reprogramación de los servicios cuya realización o prestación se haya visto impedida.
La reprogramación deberá efectuarse en un plazo de DOCE (12) meses posteriores al levantamiento de las medidas restrictivas de circulación.
No obstante, respetarán la estacionalidad, calidad y valores convenidos, manteniendo su vigencia las cláusulas pactadas en los contratos originales.
Además, los turistas usuarios podrán:
- Elegir alguna de las opciones informadas por las agencias de viajes dentro del plazo de TREINTA (30) días corridos de recibida la notificación, o
- Solicitar el reintegro de lo abonado por los servicios contratados.
Las agencias de viajes podrán retener hasta un 25% del precio de los viajes oportunamente abonados, y la devolución de lo pagado se hará hasta en 2 cuotas mensuales y consecutivas.
Por último, los agentes de viaje de Turismo Estudiantil que incumplan con lo dispuesto serán pasibles de las sanciones de cancelación, suspensión de licencia y/o multa.
Esta medida se presenta en el marco de la Ley de Sostenimiento y Reactivación de la Actividad Turística como beneficio a los usuarios.
Texto completo de la norma: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/236835/20201103
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