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Cambios en el pago de Bienes Personales.

Cambios en el pago de Bienes Personales: La AFIP extiende plazo y modifica requisitos para acceder al beneficio de reducción del Impuesto sobre los Bienes Personales.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), comunicó cambios en el pago de Bienes Personales mediante la Resolución General 5563/2024, publicada en el Boletín Oficial el 16 de septiembre de 2024.

La AFIP busca facilitar el acceso al beneficio de reducción de alícuota del Impuesto sobre los Bienes Personales para los contribuyentes que han cumplido con sus obligaciones fiscales.

Extensión del plazo para solicitar el beneficio.

Se extiende el plazo para la solicitud de adhesión al beneficio de reducción de alícuota hasta el 31 de octubre de 2024.

Los contribuyentes cumplidores podrán utilizar el beneficio hasta el período fiscal 2025, siempre que cumplan con las condiciones establecidas.

Requisitos para acceder al beneficio.

Se aclara que los contribuyentes deben haber presentado y cancelado en su totalidad las declaraciones juradas del impuesto correspondientes a los períodos fiscales 2020, 2021 y 2022.

Nueva oportunidad para contribuyentes con solicitud denegada

Aquellos contribuyentes a quienes se les había denegado la solicitud por no cumplir con los requisitos anteriores, podrán formular una nueva solicitud de manera excepcional.

Esto aplica si ahora encuadran en las disposiciones de los últimos párrafos del artículo 41 del Decreto N° 608/2024 y su modificatorio.

Rectificación de declaraciones juradas

Los contribuyentes que ya hubieran presentado y pagado el impuesto correspondiente al período fiscal 2023 podrán presentar una declaración jurada rectificativa.

Esta rectificación no será considerada “rectificativa en menos” según el artículo 13 de la Ley Nº 11.683, siempre que se deba exclusivamente a la reducción de alícuota por haber adherido al beneficio.

Al extender el plazo y modificar ciertos requisitos, se brinda una nueva oportunidad para que más contribuyentes puedan adherirse al beneficio y regularizar su situación fiscal.

La resolución entra en vigencia a partir de el 16 de septiembre de 2024.

Resolución General 5563/2024

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