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Cooperativas y Mutuales deben tener Domicilio Electrónico TAD

Obligatorio: Cooperativas y Mutuales deben tener Domicilio Electrónico TAD (Trámites a Distancia).

El Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES) ha determinado la obligatoriedad para todas las cooperativas y mutuales de contar con el Domicilio Electrónico a través de la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD).

Esta medida busca modernizar la notificación electrónica y agilizar los procesos administrativos de estas entidades.

Plazo y procedimiento

Las cooperativas y mutuales que aún no hayan creado su perfil en la plataforma TAD tienen un plazo de 30 días para hacerlo, según lo establecido en la Resolución 1910/2025. De lo contrario, las notificaciones realizadas en dicha plataforma se considerarán válidas.

El procedimiento incluye la creación de usuario en TAD, constitución del domicilio electrónico y verificación de notificaciones en la plataforma.

Normativa y Modernización

La decisión se enmarca en el plan de modernización del Estado, que busca una administración pública eficiente y de calidad.

Asimismo, se establece que todas las notificaciones se realizarán a través de la plataforma TAD, salvo excepciones expresamente indicadas.

De este modo, esta medida pretende simplificar trámites, garantizar transparencia y agilizar los procesos administrativos.

Conclusión

Con esta resolución, el INAES impulsa la digitalización y la eficiencia en la gestión de las cooperativas y mutuales, adaptándose a las nuevas tecnologías y brindando un marco normativo claro para el uso del Domicilio Electrónico TAD.

Es fundamental que estas entidades cumplan con los requisitos establecidos dentro del plazo indicado para evitar posibles sanciones y garantizar el cumplimiento de sus obligaciones legales.

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