Menú Cerrar

Servicio doméstico: ¿Cuánto cobran en agosto?

Registran un nuevo aumento salarial los empleados de servicio doméstico: Cuánto cobran en agosto 2024.

Servicio doméstico: ¿Cuánto cobran en agosto?

Servicio doméstico: ¿Cuánto cobran en agosto los trabajadores de casas particulares?

Este lunes el gremio que representa a las trabajadoras de servicio doméstico informó que se había alcanzado un nuevo acuerdo salario que establecía escalas salarial julio y agosto.

Puntalmente, según lo informado, dicho aumento será del 8.5% sobre los sueldos de mayo y se paga en julio, y del 4% sobre los sueldos de julio que se paga en agosto.

Aumento en dos tramos acumulativos:

  • Julio 8.5% de aumento sobre el sueldo de mayo 2024
  • Agosto 4% de aumento sobre el sueldo de julio 2024

El total del aumento, por el efecto acumulativo es del 12,84%

VALORES VIGENTES DE SUELDOS MÍNIMOS A PARTIR DEL PRIMERO DE AGOSTO 2024

CategoríaPOR HORAPOR MES
SupervisorCon retiro:$3.159$394.233
Sin retiro:$3.460$439.131
Personal para tareas específicasCon retiro:$2.991$366.256
Sin retiro:$3.280$407.715
Caseros$2.825$357.350
Asistencia y cuidado de personasCon retiro:$2.825$357.350
Sin retiro:$3.159$398.229
Personal para tareas generalesCon retiro:$2.620$321.361
Sin retiro:$2.825$357.350

Si bien el acuerdo no fue oficializado por el Gobierno aún, en el sitio oficial de la Upacp ya aparecen las cifras actualizadas según la categoría para cada mes.

ADICIONAL POR ANTIGÜEDAD:

Los montos mencionados hasta el momento son los básicos que se deben abonar a los empleados del servicio doméstico, pero a eso se le deben sumar algunos adicionales, en los casos que corresponda.

Por un lado, se debe tener en cuenta que rige un adicional salarial por “antigüedad”, equivalente a un 1% por cada año de antigüedad del trabajador en su relación laboral, sobre los salarios mensuales. Este adicional se abona mensualmente a partir del 1° de septiembre de 2021.

El tiempo de servicio, a los fines de este adicional por antigüedad, comenzó a computarse a partir del 1° de septiembre del año 2020, sin efecto retroactivo.

La legislación vigente indica además que se debe abonar a los trabajadores un adicional por zona desfavorable equivalente al 30% sobre los salarios mínimos establecidos para cada una de las categorías respecto del personal que preste tareas en las provincias de La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, o en el Partido de Patagones de la Provincia de Buenos Aires.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *