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Blanqueo Laboral: Puntos clave de la reglamentación.

Blanqueo Laboral – Puntos clave de la reglamentación: El Poder Ejecutivo publicó el decreto de Reglamentación Promoción del Empleo Registrado de la Ley 27.742.

Blanqueo Laboral: Puntos clave de la reglamentación.

Blanqueo Laboral: Puntos clave de la reglamentación que el Poder Ejecutivo finalmente publicó Mediante el Decreto 847/2024.

Puntualmente, el Anexo I del decreto 847/24, se establecen y especifican los alcances, condiciones y procedimientos para la implementación del Título IV – Promoción del Empleo Registrado.

Alcance de la Regularización

Sector Privado: La regularización se aplica exclusivamente a empleadores del sector privado.

Quedan excluidos los empleadores del sector público, según lo definido por la Ley 24.156 y normas equivalentes a nivel provincial, municipal y la Ciudad Autónoma de Bs. As.

Relaciones Laborales Vigentes: Son susceptibles de regularización las relaciones laborales iniciadas antes de la promulgación de la ley (publicada en el Boletín Oficial el 8 de julio 2024) y que estén vigentes a la fecha de adhesión al régimen.

A Regularizar

Relaciones en las que el trabajador no está inscripto formalmente según lo establecido en el artículo 7° de la Ley 24.013.

O deficientemente registradas:

  • La fecha de inicio registrada es posterior a la real.
  • La remuneración declarada es inferior a la efectivamente percibida por el trabajador.
  • Se han exteriorizado irregularmente conceptos como no remunerativos sin cumplir con los requisitos legales.

Empleadores:

Extinción de Acciones Penales y Condonación de Multas

  • Extinción de la Acción Penal: Se extingue la acción penal para delitos relacionados con recursos de la seguridad social y otros previstos en leyes específicas, siempre que no exista sentencia firme y que las infracciones estén impagas o incumplidas a la fecha de entrada en vigencia de la ley.
  • Condonación de Multas e Infracciones: Se condonan infracciones, multas y sanciones de cualquier naturaleza correspondientes a la regularización, previstas en diversas leyes fiscales y laborales.

Baja del REPSAL

  • Registro de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL): Se procede a la baja del REPSAL respecto de infracciones cometidas hasta la entrada en vigencia de la ley, siempre y cuando se regularice a la totalidad de los trabajadores afectados y se pague la multa correspondiente, si aplica.

Condonación de Deudas

La condonación de la deuda por capital e intereses cuando aquella tenga origen en la falta de pago de aportes y contribuciones con destino a los subsistemas de la seguridad social que se detallan a continuación:

  • Sistema Integrado Previsional Argentino, ley 24.241 y sus modificaciones.
  • Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, ley 19.032 y sus modificaciones.
  • Régimen Nacional del Seguro de Salud, ley 23.661 y sus modificaciones.
  • Fondo Nacional de Empleo, ley 24.013 y sus modificaciones.
  • Régimen Nacional de Asignaciones Familiares, ley 24.714 y sus modificatorias.
  • Contribución con destino al Registro Nacional de la Industria de la Construcción, ley 22.250 y sus modificatorias.

Derechos de los Trabajadores Regularizados

Cómputo de Servicios: Los trabajadores podrán computar hasta 60 meses de servicios con aportes (o la cantidad menor regularizada) sobre un monto mensual equivalente al salario mínimo vital y móvil.

Acceso a Prestaciones:

  • Prestación Básica Universal: Se contabilizan los meses regularizados para cumplir con los años de servicio requeridos.
  • Prestaciones por Invalidez o Fallecimiento: Se considera el período regularizado para acceder a estos beneficios.
  • Prestaciones por Desempleo: Los meses regularizados se computan para acceder al seguro de desempleo y determinar su duración y cuantía.

Plazos para la Regularización

Período de Adhesión: Los empleadores podrán adherirse al régimen dentro de los 90 días corridos desde la entrada en vigencia de la reglamentación, 26 de septiembre de 2024.

Obligaciones Devengadas: Los beneficios aplican a obligaciones devengadas hasta el 31 de julio de 2024, inclusive.

Las relaciones laborales susceptibles de regularización serán las iniciadas con anterioridad a la fecha de promulgación de la Ley N° 27.742 (8 de julio de 2024).

Procedimiento para la Regularización

Allanamiento Incondicional: Para deudas en disputa administrativa o judicial, el empleador debe allanarse incondicionalmente, desistiendo de toda acción y derecho, y asumiendo los costos legales.

Abstención de Acciones por Parte de la AFIP: La AFIP y las instituciones de seguridad social se abstendrán de realizar determinaciones de deuda o labrar actas de infracción por causas y períodos regularizados.

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