Blanqueo Laboral – Puntos clave de la reglamentación: El Poder Ejecutivo publicó el decreto de Reglamentación Promoción del Empleo Registrado de la Ley 27.742.
Blanqueo Laboral: Puntos clave de la reglamentación que el Poder Ejecutivo finalmente publicó Mediante el Decreto 847/2024.
Puntualmente, el Anexo I del decreto 847/24, se establecen y especifican los alcances, condiciones y procedimientos para la implementación del Título IV – Promoción del Empleo Registrado.
Alcance de la Regularización
Sector Privado: La regularización se aplica exclusivamente a empleadores del sector privado.
Quedan excluidos los empleadores del sector público, según lo definido por la Ley 24.156 y normas equivalentes a nivel provincial, municipal y la Ciudad Autónoma de Bs. As.
Relaciones Laborales Vigentes: Son susceptibles de regularización las relaciones laborales iniciadas antes de la promulgación de la ley (publicada en el Boletín Oficial el 8 de julio 2024) y que estén vigentes a la fecha de adhesión al régimen.
A Regularizar
Relaciones en las que el trabajador no está inscripto formalmente según lo establecido en el artículo 7° de la Ley 24.013.
O deficientemente registradas:
- La fecha de inicio registrada es posterior a la real.
- La remuneración declarada es inferior a la efectivamente percibida por el trabajador.
- Se han exteriorizado irregularmente conceptos como no remunerativos sin cumplir con los requisitos legales.
Empleadores:
Extinción de Acciones Penales y Condonación de Multas
- Extinción de la Acción Penal: Se extingue la acción penal para delitos relacionados con recursos de la seguridad social y otros previstos en leyes específicas, siempre que no exista sentencia firme y que las infracciones estén impagas o incumplidas a la fecha de entrada en vigencia de la ley.
- Condonación de Multas e Infracciones: Se condonan infracciones, multas y sanciones de cualquier naturaleza correspondientes a la regularización, previstas en diversas leyes fiscales y laborales.
Baja del REPSAL
- Registro de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL): Se procede a la baja del REPSAL respecto de infracciones cometidas hasta la entrada en vigencia de la ley, siempre y cuando se regularice a la totalidad de los trabajadores afectados y se pague la multa correspondiente, si aplica.
Condonación de Deudas
La condonación de la deuda por capital e intereses cuando aquella tenga origen en la falta de pago de aportes y contribuciones con destino a los subsistemas de la seguridad social que se detallan a continuación:
- Sistema Integrado Previsional Argentino, ley 24.241 y sus modificaciones.
- Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, ley 19.032 y sus modificaciones.
- Régimen Nacional del Seguro de Salud, ley 23.661 y sus modificaciones.
- Fondo Nacional de Empleo, ley 24.013 y sus modificaciones.
- Régimen Nacional de Asignaciones Familiares, ley 24.714 y sus modificatorias.
- Contribución con destino al Registro Nacional de la Industria de la Construcción, ley 22.250 y sus modificatorias.
Derechos de los Trabajadores Regularizados
Cómputo de Servicios: Los trabajadores podrán computar hasta 60 meses de servicios con aportes (o la cantidad menor regularizada) sobre un monto mensual equivalente al salario mínimo vital y móvil.
Acceso a Prestaciones:
- Prestación Básica Universal: Se contabilizan los meses regularizados para cumplir con los años de servicio requeridos.
- Prestaciones por Invalidez o Fallecimiento: Se considera el período regularizado para acceder a estos beneficios.
- Prestaciones por Desempleo: Los meses regularizados se computan para acceder al seguro de desempleo y determinar su duración y cuantía.
Plazos para la Regularización
Período de Adhesión: Los empleadores podrán adherirse al régimen dentro de los 90 días corridos desde la entrada en vigencia de la reglamentación, 26 de septiembre de 2024.
Obligaciones Devengadas: Los beneficios aplican a obligaciones devengadas hasta el 31 de julio de 2024, inclusive.
Las relaciones laborales susceptibles de regularización serán las iniciadas con anterioridad a la fecha de promulgación de la Ley N° 27.742 (8 de julio de 2024).
Procedimiento para la Regularización
Allanamiento Incondicional: Para deudas en disputa administrativa o judicial, el empleador debe allanarse incondicionalmente, desistiendo de toda acción y derecho, y asumiendo los costos legales.
Abstención de Acciones por Parte de la AFIP: La AFIP y las instituciones de seguridad social se abstendrán de realizar determinaciones de deuda o labrar actas de infracción por causas y períodos regularizados.