¿Cómo determinar el nuevo coeficiente del Convenio Multilateral desde enero 2026?

El Convenio Multilateral ha sufrido modificaciones que afectan a los contribuyentes que liquidan el impuesto sobre los Ingresos Brutos. La RG 10/2019 de la Comarb establece la posibilidad de utilizar un nuevo coeficiente unificado a partir de abril en aquellos casos donde no se disponga de la información necesaria al presentar la declaración jurada del primer anticipo del año.
En estos escenarios, se deberá emplear el coeficiente unificado del año anterior en los tres primeros anticipos del ejercicio.
¿Cuándo aplicar el nuevo coeficiente?
Si el contribuyente cuenta con la información necesaria, podrá utilizar el nuevo coeficiente a partir del primer anticipo.
Por otro lado, si no se dispone de dicha información, se podrá implementar a partir del cuarto anticipo, realizando ajustes en los tres anticipos previos ya liquidados.
¿Quiénes pueden beneficiarse?
Las personas jurídicas cuyo cierre de ejercicio se ubique entre enero y agosto de 2025 tendrían la información necesaria para emplear el nuevo coeficiente desde el primer anticipo. Es fundamental recordar que el vencimiento de la Declaración Jurada Anual CM 05 será el 30 de junio de 2026.
Además, se analiza detenidamente la conveniencia de calcular y utilizar los coeficientes desde enero, considerando todos los aspectos relevantes para una decisión informada.
La implementación del nuevo coeficiente del Convenio Multilateral desde enero de 2026 implica consideraciones estratégicas y de cumplimiento que cada contribuyente debe evaluar cuidadosamente para una transición exitosa. ¡Mantente informado y preparado para adaptarte a estos cambios en el ámbito fiscal!
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