Exportadores podrán convertir saldos aduaneros a dólares: ¿Cómo afecta esta medida?

La Resolución General 5792/2025 abre la posibilidad para exportadores y operadores de comercio exterior de convertir sus saldos aduaneros y reintegros acumulados a dólares estadounidenses.
Esta medida, vigente desde el 25 de noviembre de 2025, trae consigo cambios significativos en la forma en que los exportadores pueden disponer de sus fondos.
Condiciones y procedimiento
La conversión, realizada a través de un trámite digital, permite optar por la totalidad o parcialidad de los saldos, siempre y cuando las solicitudes de devolución estén aprobadas y pendientes de pago. Es importante destacar que esta conversión se realiza al tipo de cambio vendedor del Banco Nación del 18 de noviembre de 2025.
Además, a partir del 1 de enero de 2027, se habilitará la compensación contra tributos aduaneros e interiores o la devolución en dólares al tipo comprador vigente anterior a la compensación.
Sin embargo, los interesados deberán renunciar a intereses y acciones administrativas o judiciales sobre los montos incluidos, con la posibilidad de desistir de la opción hasta el 1 de marzo de 2026.
Beneficios y vigencia
Esta medida otorga a los exportadores la flexibilidad de disponer de sus fondos en una moneda más estable como el dólar estadounidense, brindando mayor previsibilidad en sus operaciones.
La vigencia de la opción va desde el 5 de diciembre de 2025 hasta el 1 de marzo de 2026, con la disponibilidad de créditos a partir del 2 de marzo de 2026 y la posibilidad de compensación o devolución a partir del 1 de enero de 2027.
Resolución General 5792/2025
En resumen, la Resolución General 5792/2025 representa una oportunidad para los exportadores de optimizar la gestión de sus fondos en el contexto de las operaciones de comercio exterior.
La conversión a dólares de saldos aduaneros y reintegros pendientes ofrece beneficios concretos y la posibilidad de una mayor estabilidad financiera en sus transacciones internacionales.
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