Presentación ante contratiempos: Convenio Multilateral garantiza trámites en tiempo.
La reciente Resolución General del Convenio Multilateral ha generado revuelo en el ámbito tributario. Se ha dispuesto que las presentaciones de declaraciones juradas y pagos del anticipo 01/2026, para contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, se consideren realizadas en término hasta el 20 de febrero de 2026. ¿Cuál fue el motivo de esta medida y cómo afectará a los contribuyentes?
Inconvenientes tecnológicos: ¿Qué sucedió?
Según la Disposición de Presidencia N° 5/2026, problemas en proveedores de internet ajenos a la organización causaron dificultades en el servicio. Esto afectó la presentación y pago de declaraciones juradas de Ingresos Brutos de contribuyentes bajo el Convenio Multilateral-SIFERE. Ante esta situación, se decidió validar las presentaciones en término, en beneficio de los contribuyentes afectados.

Decisión de la Comisión Arbitral
La Comisión Arbitral del Convenio Multilateral del 18/8/77 ratificó la mencionada disposición, garantizando así la validez de las presentaciones realizadas bajo estas circunstancias excepcionales. La Resolución también incluye medidas de difusión y notificación a las jurisdicciones correspondientes.
Consecuencias y publicación
Esta decisión, además de aliviar la presión sobre los contribuyentes afectados, destaca la importancia de contar con mecanismos de flexibilidad ante imprevistos tecnológicos. La publicación de la Resolución en el Boletín Oficial y en el sitio web de la COMARB asegura la transparencia y difusión de estas medidas.
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