ARCA amplía la obligación de facturar: desde julio, nuevos profesionales y directivos deberán emitir comprobantes
A partir del 1° de julio de 2026, entrará en vigencia una modificación clave en el régimen de facturación electrónica impulsada por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), que ampliará el universo de sujetos obligados a emitir comprobantes.
La medida fue establecida mediante la Resolución General 5824/2026, que introduce cambios sobre la histórica RG 1415 y elimina varias excepciones que, hasta ahora, permitían a determinados contribuyentes operar sin facturación electrónica.

¿Quiénes deberán empezar a facturar?
Entre los principales nuevos alcanzados por la normativa se encuentran:
- Directores de Sociedades Anónimas (SA) por los honorarios percibidos por sus funciones.
- Socios gerentes de SRL por sus retribuciones.
- Síndicos, integrantes de consejos de vigilancia, fiduciarios y consejeros de cooperativas.
- Abogados, peritos y profesionales que cobren honorarios judiciales, quienes hasta ahora utilizaban la regulación judicial como respaldo suficiente.
- Profesionales médicos independientes que facturaban a través de sanatorios o clínicas bajo esquemas “por cuenta y orden”.
El cambio apunta a una mayor trazabilidad de ingresos y al fortalecimiento de los cruces de información fiscal para la confección simplificada de declaraciones juradas.
Honorarios judiciales: uno de los cambios más sensibles
Uno de los puntos que más impacto genera es la eliminación de la excepción para los honorarios regulados judicialmente.
Hasta ahora, abogados y peritos podían percibir pagos mediante libranzas o transferencias judiciales sin necesidad de emitir factura electrónica. Con la nueva normativa, cada cobro deberá estar respaldado por su correspondiente comprobante fiscal.
Desde distintos consejos profesionales ya solicitaron a ARCA una prórroga para la entrada en vigencia, argumentando dificultades operativas y administrativas para adecuarse en tiempo.
Nuevas exigencias administrativas
Los nuevos obligados deberán cumplir con varios requisitos:
- Dar de alta un punto de venta específico para facturación electrónica.
- Regularizar su situación fiscal ante ARCA.
- En muchos casos, inscribirse bajo condición de IVA exento para poder emitir comprobantes tipo C.
- Verificar su encuadre en Ganancias y la correcta imputación de honorarios.
Además, ARCA actualizó el umbral para identificar consumidores finales: será obligatorio registrar datos cuando la operación sea igual o superior a $10.000.000.
Qué deben revisar empresas y profesionales
El cambio no solo impacta en quienes cobran honorarios, sino también en las empresas y entidades que los pagan, ya que para computar deducciones deberán contar con la factura emitida.
Por eso, se recomienda revisar cuanto antes:
- puntos de venta activos,
- situación impositiva,
- sistemas de facturación,
- y procedimientos internos de liquidación.
Con la fecha límite cada vez más cerca, julio marcará un nuevo paso en la profundización del control fiscal y la digitalización total de la documentación respaldatoria.
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