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ARCA confirmó los montos para investigar transferencias

ARCA confirmó los montos para investigar transferencias en mayo 2026: cuáles son los nuevos límites

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero mantiene durante mayo de 2026 los parámetros de monitoreo sobre movimientos financieros realizados por personas físicas y jurídicas.

Los límites alcanzan a bancos, billeteras virtuales y demás entidades financieras, que deben informar determinadas operaciones cuando superan los montos establecidos por el organismo.

La medida impacta sobre transferencias, acreditaciones, extracciones en efectivo, plazos fijos, saldos bancarios, operaciones en sociedades de bolsa y compras como consumidor final.

Cuáles son los montos que controla ARCA en mayo de 2026

Los topes vigentes para el reporte automático de operaciones son los siguientes:

Transferencias o acreditaciones bancarias y billeteras virtuales

  • Personas físicas: $50.000.000
  • Personas jurídicas: $30.000.000

Extracciones en efectivo

  • $10.000.000 para personas físicas y jurídicas

Saldos bancarios al cierre mensual

  • Personas físicas: $50.000.000
  • Personas jurídicas: $30.000.000

Plazos fijos

  • Personas físicas: $100.000.000
  • Personas jurídicas: $30.000.000

Tenencias en sociedades de bolsa

  • Personas físicas: $100.000.000
  • Personas jurídicas: $30.000.000

Compras como consumidor final

  • Hasta $10.000.000 sin requerimiento adicional de información

Estos montos corresponden al deber de información automática que deben cumplir las entidades ante ARCA.

Qué documentación puede solicitar ARCA

Cuando una operación resulta inconsistente con el perfil fiscal del contribuyente o no puede justificarse claramente, el organismo puede requerir documentación respaldatoria para verificar el origen de los fondos.

Entre los comprobantes más habituales se encuentran:

  • Facturas emitidas
  • Recibos de honorarios
  • Contratos o boletos de compraventa
  • Documentación respaldatoria de préstamos declarados
  • Certificaciones contables

Facturas emitidas Recibos de honorarios Contratos o boletos de compraventa Documentación respaldatoria de préstamos declarados Certificaciones contables

Qué información reportan bancos y billeteras virtuales

Las entidades financieras están obligadas a informar:

  • Tipo y número de cuenta
  • CBU o CVU
  • Titulares e integrantes de las cuentas
  • Ingresos y egresos mensuales
  • Saldo final al cierre de cada período

Este esquema forma parte del sistema de monitoreo financiero que ARCA aplica sobre operaciones de determinado volumen.

Qué hacer si una transferencia queda retenida

En caso de que una operación sea observada o retenida por una entidad financiera, se recomienda presentar rápidamente la documentación solicitada, informar con anticipación si se espera recibir montos elevados y/o evitar fraccionar una operación grande en múltiples transferencias pequeñas.

Esta última práctica puede activar alertas adicionales dentro de los sistemas de control.

Un punto clave a tener en cuenta

Aunque ARCA fija límites oficiales para el reporte de operaciones, cada banco o billetera virtual puede aplicar controles internos propios.

Por ese motivo, una entidad financiera podría solicitar justificación de fondos incluso por montos inferiores a los establecidos, especialmente cuando detecta movimientos inusuales o inconsistentes con la actividad declarada del usuario.

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