Sanidad CCT 42/89: nuevos salarios agosto 2026, acuerdo, escalas completas y bono.
Los trabajadores de laboratorios de especialidades medicinales y veterinarias alcanzados por el CCT 42/89 cuentan con nuevos salarios básicos desde agosto de 2026. El acuerdo firmado entre FATSA y las cámaras empresarias también establece adicionales, asignaciones no remunerativas, una contribución extraordinaria y una nueva instancia de revisión salarial.
La Federación de Asociaciones de Trabajadores de la Sanidad Argentina (FATSA) y las cámaras empresarias del sector acordaron una nueva revisión salarial para los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo 42/89, que alcanza a los laboratorios de especialidades medicinales y/o veterinarias.
Los nuevos valores tienen vigencia desde el 1° de agosto de 2026 y actualizan los básicos correspondientes al personal profesional, administrativo, operativo, de producción, mantenimiento y servicios.
La escala de agosto ya fue difundida por entidades vinculadas al sector.

Escalas salariales Sanidad CCT 42/89 agosto 2026
Personal con título universitario
| Categoría | Básico agosto 2026 |
|---|---|
| Categoría A | $3.335.917,91 |
| Categoría B | $3.157.208,05 |
Operarios, producción, mantenimiento y servicios
| Categoría | Básico agosto 2026 |
|---|---|
| Operarios con título habilitante | $2.978.496,45 |
| Operarios de planta química, calificado especializado | $2.720.157,61 |
| Operarios con oficio, oficiales y calificados especializados | $2.484.390,46 |
| Operarios calificados | $2.247.345,48 |
| Operarios semi-calificados | $2.034.133,96 |
| Operarios no calificados | $1.832.351,30 |
| Peón | $1.745.561,76 |
Personal administrativo
| Categoría | Básico agosto 2026 |
|---|---|
| Auxiliar principal | $2.484.390,46 |
| Auxiliar de segunda | $2.247.345,48 |
| Auxiliar de tercera | $2.034.133,96 |
| Auxiliar de cuarta | $1.832.351,30 |
| Principiante de administración | $1.745.561,76 |
| Viajante propagandista | $2.034.133,96 |
| Corredores | $2.247.345,48 |
Los valores corresponden a los básicos convencionales establecidos para agosto de 2026.
Bono vacacional, comedor y sala maternal
Además de la actualización de los básicos, el acuerdo incorpora distintos conceptos adicionales.
El bono vacacional será de $336.438,37, por única vez y con carácter no remunerativo. Se abonará junto con las remuneraciones correspondientes al mes siguiente al goce de la licencia anual ordinaria devengada y correspondiente al año 2026.
Para los establecimientos que no cuenten con servicio de comedor, se establece una suma no remunerativa de $14.916, vigente desde el 1° de agosto.
En concepto de sala maternal, se fija una suma no remunerativa de $472.223,79. El acuerdo también contempla el pago, como mínimo, del importe previsto por el Decreto 144/2022 a los trabajadores varones alcanzados por esa normativa, hasta que las partes definan una regulación específica dentro del CCT 42/89.
Día de la Sanidad: $101.560 en septiembre
El acuerdo también establece una asignación no remunerativa de pago único de $101.560 por el Día del Trabajador de la Sanidad.
La suma alcanza a todos los trabajadores comprendidos en el CCT 42/89, independientemente de su categoría y antigüedad, y deberá abonarse durante septiembre y antes del 20 de septiembre de 2026.
Cuota de solidaridad del 1%
Otro de los puntos incluidos en el acuerdo es una cuota de solidaridad equivalente al 1% mensual sobre la totalidad de las remuneraciones de los trabajadores beneficiarios del convenio.
El aporte se aplica desde la vigencia de las nuevas escalas y contempla el límite establecido por la normativa mencionada en el acuerdo.
Para los trabajadores afiliados a sindicatos de primer grado adheridos a FATSA, el aporte se compensa con el mayor valor de la cuota asociacional.
Contribución extraordinaria: $125.370 por trabajador
Las partes también acordaron una contribución extraordinaria vinculada con la cuota especial prevista en el acuerdo del 15 de abril de 2026.
El importe total será de $125.370 por cada trabajador comprendido en el CCT 42/89, que se abonará en 7 cuotas de $17.910.
Tope indemnizatorio
El acuerdo establece además un tope indemnizatorio de $6.967.654,76 para el convenio.
Este dato resulta relevante al momento de calcular determinadas indemnizaciones laborales vinculadas con la finalización de la relación de trabajo.
¿Cuándo volverán a negociar los salarios?
La revisión salarial no queda cerrada definitivamente. Las partes acordaron volver a reunirse en noviembre de 2026 y enero de 2027 para analizar la evolución de los salarios y revisar los valores acordados.
De esta manera, los trabajadores del CCT 42/89 cuentan desde agosto con nuevos básicos convencionales, mientras que quedan previstas nuevas instancias de negociación para los próximos meses.
Homologación del acuerdo
Un punto importante para tener en cuenta es que, al 27 de agosto de 2026, el acuerdo difundido establece la solicitud de homologación ante la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
Por lo tanto, corresponde diferenciar entre el acuerdo alcanzado por las partes y su posterior homologación administrativa. La información disponible sobre la revisión de agosto indica que las partes solicitaron formalmente ese trámite.
El CCT 42/89 comprende al personal técnico, administrativo y obrero de los laboratorios de especialidades medicinales y/o veterinarias, y las cámaras que participan de las negociaciones incluyen a CILFA, CAEMe, COOPERALA y CAPROVE, junto con FATSA.
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