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Bono de $70.000 para jubilados en agosto 2026

Bono de $70.000 para jubilados en agosto 2026: quiénes lo cobran y cómo se calcula

El Gobierno nacional oficializó el otorgamiento de un bono extraordinario previsional de hasta $70.000 para jubilados, pensionados y otros beneficiarios de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), que se abonará junto con los haberes correspondientes a agosto de 2026.

La medida fue dispuesta mediante el Decreto 686/2026, publicado en el Boletín Oficial el 30 de julio, con el objetivo de reforzar los ingresos de los sectores de menores recursos del sistema previsional.

Este beneficio complementa la actualización de los haberes establecida por la Resolución ANSES 232/2026, que fijó la movilidad previsional de agosto en el 1,89%.

¿Quiénes cobran el bono extraordinario?

El refuerzo será percibido por los siguientes beneficiarios, siempre que sus prestaciones se encuentren vigentes durante agosto de 2026:

  • Jubilados y pensionados del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).
  • Beneficiarios de regímenes previsionales nacionales especiales.
  • Titulares de regímenes provinciales transferidos a la Nación.
  • Titulares de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM).
  • Beneficiarios de Pensiones No Contributivas (PNC), incluyendo las otorgadas por vejez, invalidez y a madres de siete o más hijos, así como otras pensiones graciables a cargo de ANSES.

¿De cuánto es el bono?

El monto máximo del bono será de $70.000.

Sin embargo, no todos los beneficiarios percibirán ese importe, ya que el decreto establece un esquema escalonado según el haber mensual de cada titular.

Cobro completo

Quienes perciban un haber igual o inferior a la jubilación mínima de $419.775,93 recibirán el bono completo de $70.000.

De esta manera, el ingreso total durante agosto ascenderá a:

  • Haber previsional: $419.775,93
  • Bono extraordinario: $70.000

Total a cobrar: $489.775,93

Los beneficiarios cuyo haber supere la jubilación mínima también podrán acceder al bono, aunque en forma decreciente.

En estos casos, se abonará únicamente el importe necesario para que el ingreso total alcance $489.775,93.

Carácter del bono

El Decreto 686/2026 establece que el bono extraordinario tiene carácter no remunerativo.

En consecuencia:

  • No estará sujeto a descuentos ni retenciones.
  • No será computable para el cálculo de otros beneficios previsionales.
  • No integrará la base de cálculo del Sueldo Anual Complementario (SAC) ni de otros conceptos.

Pensiones con copartícipes

En los casos de pensiones que cuenten con más de un copartícipe, el bono será considerado como correspondiente a un único beneficio a los efectos del cálculo del límite previsto por el decreto.

Pago junto con los haberes de agosto

El bono extraordinario será liquidado por ANSES en forma automática junto con los haberes correspondientes al mes de agosto de 2026, sin necesidad de realizar ningún trámite adicional por parte de los beneficiarios.

Decreto 686/2026

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