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Facilidades de pagos para PyMEs y pequeños contribuyentes.

ARCA lanzó facilidades de pagos para PyMEs y pequeños contribuyentes: Resolución General 5629/2024.

Facilidades de pagos para PyMEs y pequeños contribuyentes.

La ARCA lanzó planes de facilidades de pagos para PyMEs y pequeños contribuyentes con hasta 48 cuotas y tasas reducidas. 

Se trata de el Régimen Especial de Facilidades de Pago que la Agencia de Recaudación y Control Aduanero estableció mediante la RG 5629/2024.

Según el comunicado oficial, esta opción estará disponible para micro, pequeñas y medianas empresas, pequeños contribuyentes, entidades sin fines de lucro y contribuyentes del sector salud.

El objetivo principal es ofrecer herramientas que permitan regularizar las obligaciones tributarias y aduaneras, fomentar el desarrollo económico y garantizar el cumplimiento fiscal de estos sectores.

Este esquema permitirá regularizar deudas vencidas hasta el 31 de diciembre de 2024 con un plan de financiamiento que podrá extenderse hasta cuatro años.

Sujetos alcanzados:

  • Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (Tramos 1 y 2) con Certificado MiPyME vigente.
  • Personas humanas y sucesiones indivisas caracterizadas como “Pequeños Contribuyentes”.
  • Entidades Sin Fines de Lucro registradas ante la ARCA.
  • Contribuyentes del sector salud con la caracterización correspondiente en el Sistema Registral.

Obligaciones incluidas:

  • Deudas impositivas y de recursos de la seguridad social, incluidos intereses y multas.
  • Retenciones y percepciones impositivas.
  • Obligaciones aduaneras por tributos a la importación y exportación.

Exclusiones:

  • Retenciones y percepciones previsionales.
  • Aportes y contribuciones a obras sociales.
  • Aportes y contribuciones del régimen de seguridad social para empleados de servicio doméstico.
  • Cuotas de planes de facilidades vigentes.

Cantidad de cuotas y tasa de interés:

Tipo de contribuyenteTipo de deudaCantidad máxima de cuotasTasa de interés
Pequeños contribuyentes, Micro y Pequeñas Empresas, Entidades sin fines de lucro y Sector SaludObligaciones impositivas y de la seguridad social4825% de la tasa resarcitoria vigente
Medianas Empresas (Tramos 1 y 2)Obligaciones impositivas y de la seguridad social3640% de la tasa resarcitoria vigente
Pequeños contribuyentes, Micro y Pequeñas Empresas, Entidades sin fines de lucro y Sector SaludRetenciones y percepciones impositivas2425% de la tasa resarcitoria vigente
Medianas Empresas (Tramos 1 y 2)Retenciones y percepciones impositivas1840% de la tasa resarcitoria vigente

    La adhesión al plan estará habilitada desde el 3 de febrero hasta el 30 de abril de 2025, mediante el sistema informático “Mis Facilidades”, al que se accede con Clave Fiscal.

    Requisitos:

    • Contar con un Domicilio Fiscal Electrónico constituido.
    • Tener las declaraciones juradas presentadas.
    • Mantener activa la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT).
    • Informar la Clave Bancaria Uniforme (CBU) correspondiente.

    ¿Cómo adherirse?

    1. Ingresar al sistema “Mis Facilidades” con Clave Fiscal.
    2. Seleccionar el régimen de facilidades de pago.
    3. Consolidar la deuda y calcular las cuotas.
    4. Confirmar y presentar el plan.
    5. Realizar los pagos mensuales según lo establecido.

    Resolución General 5629/2024

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