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Monotributo: aumentan las cuotas desde agosto

Monotributo: aumentan las cuotas desde agosto y ARCA habilitó la recategorización

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) publicó la actualización semestral de las escalas del Monotributo, que regirá desde el 1° de agosto de 2026. La modificación contempla un incremento del 16,85%, en línea con la inflación acumulada durante el primer semestre informada por el INDEC.

Monotributo: aumentan las cuotas desde agosto

La actualización impacta tanto en los topes de facturación de cada categoría como en los importes mensuales que abonan los contribuyentes por el impuesto integrado, los aportes jubilatorios y la obra social. Al mismo tiempo, ARCA habilitó un nuevo período de recategorización, trámite que deberá realizarse hasta el 5 de agosto de 2026 para quienes deban modificar su categoría.

Nuevas categorías y cuotas del Monotributo

Los valores vigentes entre agosto de 2026 y enero de 2027 son los siguientes:

CategoríaIngresos Brutos AnualesServiciosVenta de Bienes
A$12.009.410,45$49.527,18$49.527,18
B$17.595.182,74$56.379,08$56.379,08
C$24.670.494,31$66.020,12$64.530,58
D$30.628.651,43$84.612,93$82.564,81
E$36.028.231,33$119.811,45$108.267,51
F$45.151.659,41$150.784,21$129.930,65
G$53.995.798,87$230.312,94$158.815,05
H$81.924.660,37$522.706,68$317.895,01
I$91.699.761,90$963.747,86$474.992,78
J$105.012.519,20$1.167.299,76$580.793,69
K$126.610.838,75$1.614.446,04$702.103,24

Con esta actualización, el límite máximo de facturación para permanecer en el régimen simplificado asciende a $126.610.838,75 anuales.

También se actualizaron otros parámetros

Además de las escalas de ingresos y las cuotas mensuales, ARCA incrementó otros parámetros utilizados para determinar la categoría del contribuyente.

Entre ellos se destacan:

  • El precio máximo unitario de venta, que pasó a $716.840,77.
  • Los límites de alquileres devengados, que varían según la categoría.
  • Los parámetros vinculados a la superficie afectada a la actividad y al consumo de energía eléctrica, cuando corresponda.

Recategorización: quiénes deben realizarla

La recategorización estará habilitada hasta el 5 de agosto de 2026 y deberá efectuarse tomando como referencia la actividad desarrollada entre julio de 2025 y junio de 2026.

Deben recategorizarse los contribuyentes cuyos ingresos o cualquiera de los parámetros del régimen hayan cambiado durante ese período.

No deberán realizar el trámite:

  • quienes tengan menos de seis meses de antigüedad en el Monotributo;
  • quienes permanezcan dentro de la misma categoría porque no registraron modificaciones en los parámetros evaluados.

Los monotributistas con más de seis meses y menos de un año de actividad deberán anualizar sus ingresos para determinar la categoría correspondiente.

Cómo realizar la recategorización

El trámite puede efectuarse desde el portal o la aplicación de ARCA ingresando con CUIT y Clave Fiscal.

Los pasos son los siguientes:

  1. Ingresar al servicio Monotributo.
  2. Seleccionar la opción «Recategorizarme».
  3. Verificar o actualizar la información sobre ingresos y demás parámetros.
  4. Confirmar la nueva categoría.
  5. Descargar la nueva credencial de pago, si corresponde.

Para quienes facturan electrónicamente y cuentan con al menos doce meses dentro del régimen, ARCA mantiene la recategorización simplificada, que muestra automáticamente la facturación anual registrada por el organismo para facilitar el trámite.

Recategorización de oficio

Una vez finalizado el período de recategorización, ARCA podrá realizar recategorizaciones de oficio cuando detecte inconsistencias entre la categoría declarada y la información disponible, como compras, gastos, acreditaciones bancarias o ingresos superiores a los permitidos.

En esos casos, el organismo notificará la decisión a través del Domicilio Fiscal Electrónico y el contribuyente podrá presentar el correspondiente recurso de apelación dentro de los plazos establecidos.

Desde cuándo rigen los nuevos valores

Las nuevas categorías y cuotas comenzarán a aplicarse a partir de agosto de 2026 y permanecerán vigentes hasta la próxima actualización semestral, prevista para enero de 2027, cuando ARCA volverá a ajustar las escalas de acuerdo con la evolución del Índice de Precios al Consumidor (IPC).

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