Convocan al Consejo del Salario para definir el nuevo Salario Mínimo y las prestaciones por desempleo
El Gobierno convocó al Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil a una sesión plenaria para analizar una nueva actualización del Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) y de los montos de la prestación por desempleo.
La convocatoria fue dispuesta mediante la Resolución 1/2026, publicada en el Boletín Oficial el 20 de agosto de 2026.
Cuándo se reunirá el Consejo del Salario
La sesión plenaria ordinaria se realizará el viernes 28 de agosto de 2026 a las 12:30 horas, mediante una plataforma virtual.
La resolución establece además una segunda convocatoria para las 14:00 horas del mismo día, en caso de no alcanzarse el quórum necesario, conforme a lo previsto por la Ley 24.013.

Antes del plenario, se reunirá la Comisión del Salario Mínimo, Vital y Móvil y Prestaciones por Desempleo, también el 28 de agosto, a las 10:00 horas, mediante plataforma virtual.
Esta Comisión será la encargada de analizar los temas que posteriormente serán elevados al Consejo para su consideración.
Qué temas se van a tratar
La convocatoria establece dos cuestiones centrales:
- La determinación del nuevo Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM), de acuerdo con lo establecido en el artículo 135, inciso a), de la Ley 24.013.
- La determinación de los montos mínimo y máximo de la prestación por desempleo, conforme al artículo 135, inciso b), de la misma ley.
Una vez tratados estos puntos por la Comisión, serán elevados al plenario del Consejo del Salario.
Orden del día del plenario
La sesión plenaria tendrá como puntos principales:
- La designación de dos consejeros presentes por cada sector para la suscripción del acta.
- La consideración de los temas elevados por la Comisión del Salario Mínimo, Vital y Móvil y Prestaciones por Desempleo.
¿Ya se estableció un nuevo Salario Mínimo?
No.
La Resolución 1/2026 no fija nuevos valores para el Salario Mínimo, Vital y Móvil ni para la prestación por desempleo.
La norma únicamente establece la convocatoria para que el Consejo y la Comisión correspondiente analicen y determinen los nuevos montos.
Por lo tanto, habrá que esperar a la reunión del 28 de agosto de 2026 y a la posterior resolución que establezca los valores definitivos.
¿Qué es el Salario Mínimo, Vital y Móvil?
El artículo 116 de la Ley de Contrato de Trabajo establece que el Salario Mínimo, Vital y Móvil es la menor remuneración que debe percibir en efectivo un trabajador sin cargas de familia, por una jornada legal de trabajo.
Su finalidad es garantizar al trabajador una alimentación adecuada, vivienda digna, educación, vestuario, asistencia sanitaria, transporte, esparcimiento, vacaciones y previsión.
Prestación por desempleo
Además de definir el nuevo Salario Mínimo, el Consejo del Salario deberá determinar los montos mínimo y máximo de la prestación por desempleo.
Ambas cuestiones serán analizadas por la Comisión del Salario Mínimo, Vital y Móvil y Prestaciones por Desempleo y posteriormente tratadas por el plenario del Consejo.
La actualización de estos valores quedará definida una vez que finalice el procedimiento y se publique la correspondiente resolución.
Resolución 1/2026
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